Conoce en qué consisten los servicios de Asesoría y Conciliación


La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) reconoce la necesidad de transparentar sus servicios, por lo que en este apartado se destacan dos de los servicios más solicitados por nuestros usuarios en el ámbito laboral de carácter federal.


Instrucciones de consulta: A continuación, se señalan los servicios de Asesoría y Conciliación, para desplegar la información de cada uno de ellos da clic en el título.


Objetivo del tema: Que los trabajadores conozcan los servicios de Asesoría y Conciliación, con los que cuenta la PROFEDET, para que en caso de que tengan algún conflicto laboral, puedan acudir a esta, ya sea para recibir asesoría o tratar de llegar a un arreglo conciliatorio con su empleador.


1 Servicio de Asesoría

    SERVICIO DE ASESORÍA

    Concepto

  • Asesoría es el servicio personal y gratuito que se otorga al usuario cuando éste expone un conflicto laboral, en materia federal, que requiere el análisis de las causas, situaciones particulares y elementos probatorios del asunto, a fin de determinar el derecho o prestación que se puede demandar, en caso de proceder. Esto en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 530 y 534 de la Ley Federal del Trabajo, en concordancia con los artículos 5 fracción II, 6 y 25 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
  • A quien se le brinda

  • A los trabajadores, sus beneficiarios y sindicatos, siempre que lo soliciten de forma personal sin intervención de persona alguna.
  • ¿En dónde se puede solicitar el servicio de asesoría?

  • En sus cuarenta y ocho oficinas ubicadas en la República Mexicana. Para lo anterior, podrán pedir orientación vía internet a través del correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx, o vía telefónica al 01 800 911 78 77 o 01 800 717 29 42, en los que se les brindará orientación laboral, indicándoles en dónde se localiza la oficina de PROFEDET más cercana a su domicilio.
  • ¿Qué servidor público otorga el servicio y en qué forma?

  • La persona interesada será atendida por un abogado en materia laboral, quien analizará jurídicamente los datos y documentos que exhiba.
  • El abogado tiene dos opciones de atención:
  • 1. Si los datos y los documentos otorgados no son suficientes para proporcionarle asesoría jurídica, en forma escrita o verbal requerirá al usuario los documentos e información necesaria para que, posteriormente, sea analizado de manera completa su problema y darle la asesoría jurídica que proceda. Los datos y documentos solicitados van a depender de las circunstancias individuales de cada persona. Además, se especificará el tiempo que la ley le concede para reclamar las prestaciones que pretende.
  • 2. Si los datos y los documentos exhibidos son suficientes, se dará al usuario asesoría jurídica por escrito, precisando si tiene o no derecho a las prestaciones que pretende reclamar, el tiempo que la ley le concede para efectuar su reclamo, así como los datos y la documentación necesaria para elaborar y presentar su demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • Si al momento de la atención, el usuario manifiesta su deseo de ser representado en juicio por la PROFEDET para el trámite de su demanda, no se le otorgará asesoría escrita y le será abierto expediente, en el cual se anotará en qué consiste su conflicto laboral, el tiempo para presentar la demanda, las prestaciones que deben reclamarse, así como los datos, documentos o pruebas que proporciona.
  • Algunos problemas laborales atendidos en la Procuraduría mediante el procedimiento de asesoría son:

  • A) Despido Injustificado
  • B) Designación de Beneficiarios
  • C) Devolución de Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)
  • D) Otorgamiento y pago de pensiones por:
  • · Riesgo de Trabajo (Accidente de Trabajo, Accidente en Trayecto o Enfermedad de Trabajo).
  • · Invalidez
  • · Cesantía en Edad Avanzada.
  • · Vejez
  • · Viudez
  • · Orfandad
  • · Ascendencia
  • E) Pago de Prestaciones:
  • · Aguinaldo
  • · Vacaciones
  • · Prima Vacacional
  • · Fondo de Ahorro
  • · Prima Dominical
  • · Etc.
  • Beneficios de este tema:

  • Las personas sabrán que si requieren de una asesoría jurídica relacionada con los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de seguridad social de competencia federal, podrán ser atendidos por la PROFEDET.
  • Al conocer la información, las personas evitarán trasladarse a un lugar que no les corresponde, evitando gastos de traslado innecesario, pérdida de tiempo y hasta pérdida de derechos por el trascurso del tiempo, por acudir a diversas instituciones que no pueden conocer de su asunto.

2 Servicio de Conciliación

    Concepto

  • Conciliación es el servicio que consiste en procurar resolver, a través de juntas de avenimiento o conciliatorias, los conflictos entre patrones y trabajadores y demás sujetos de la relación laboral o conflictos derivados de la misma, a efecto de preservar los derechos que establece la Ley laboral y de seguridad social en favor de los trabajadores, para evitar juicios ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • A quien se le brinda

  • A los trabajadores, siempre que lo soliciten de forma personal sin intervención de persona alguna.
  • Materia de la conciliación

  • Sobre los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de la seguridad social, así como de los procedimientos y órganos competentes para hacerlos valer.
  • ¿En dónde se puede solicitar el servicio de conciliación?

  • En sus cuarenta y ocho oficinas ubicadas en la República Mexicana. Para lo anterior, podrán pedir orientación vía internet a través del correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx, o vía telefónica al 01 800 911 78 77 o 01 800 717 29 42, en los que se les brindará orientación laboral, indicándoles en dónde se localiza la oficina de PROFEDET más cercana a su domicilio.
  • ¿Qué servidor público otorga el servicio y en qué forma?

  • 1. El usuario primero debe ser asesorado por uno de nuestros abogados para explicarle sus derechos y plazos para reclamarlos y hacerle de su conocimiento todas las opciones que tiene sobre su situación laboral. Entre ellas la de conciliar.
  • 2. Si el caso es viable y el usuario acepta que la PROFEDET le proporcione el servicio, se inicia el procedimiento de conciliación.
  • 3. La PROFEDET envía un citatorio dirigido a la empresa o patrón para plantearle la queja de nuestro usuario y presentarle una propuesta de solución, conforme a lo establecido por la Ley.
  • 4. Cuando las partes patrón y trabajador llegan a un acuerdo, se celebra un convenio por escrito.
  • 5. Si el convenio es de tipo económico con fecha de pago futura, se señala una pena convencional en el convenio, para el caso de incumplimiento de la fecha programada para el pago.
  • 6. En caso de que no se llegue a un acuerdo por alguna de las partes, la PROFEDET inicia los trámites correspondientes para turnar el asunto a demanda y representar al trabajador ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • ¿Cómo resolver conflictos laborales sin presentar demanda?

  • La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, ofrece el servicio de conciliación, de manera gratuita, para que los trabajadores y patrones obtengan soluciones amistosas y satisfactorias, en caso de encontrarse en conflicto, siempre con apego a la Ley. La conciliación ofrece la ventaja de no recurrir a los tribunales laborales.
  • Beneficios de este tema:

  • Las personas sabrán que en la PROFEDET existe una alternativa para resolver diferencias laborales entre patrones y trabajadores mediante un acuerdo amistoso.
  • Al conocer la información, las personas evitarán trasladarse a un lugar que no les corresponde, evitando gastos de traslado innecesario, pérdida de tiempo, por acudir a diversas instituciones que no pueden conocer de su asunto.

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Última modificación :
Viernes 13 de noviembre de 2018